Curiosidad - Llentelman - 28-08-2011
A los que lleváis más en esto os pregunto: en viajes en avión, ¿hay problema en llevar cuchillas, lociones, etc? ¿Lo lleváis como equipaje de mano o lo facturáis...?
Curiosidad - novato11 - 28-08-2011
novato11 escribió:ARTíCULOS PROHIBIDOS EN AERONAVES
Normativa europea sobre Seguridad Aérea.
Artículos prohibidos para el pasajero y su equipaje de mano. Los pasajeros no estarán autorizados a introducir en la Zona Restringida de Seguridad ni en la cabina de una aeronave artículos que constituyan un riesgo para la salud de los pasajeros y la tripulación, así como para la seguridad de las aeronaves y los bienes, como son:
LíQUIDOS:
La cantidad de líquidos que se pueden pasar por los controles de seguridad es restringida, sólo se permiten los siguientes casos.
- Líquidos contenidos en envases individuales de 100 ml de capacidad máxima, contenidos a su vez en una única bolsa de plástico transparente con sistema de cierre y capacidad no superior a un litro. Los envases deberán caber cómodamente en la bolsa, que deberá poder cerrarse totalmente. Sólo se permite una bolsa por pasajero.
Se recomienda a los pasajeros acudir al aeropuerto con las bolsas ya preparadas. ístas se presentarán en el control de seguridad separadas del resto de equipaje de mano.
- Líquidos que deban ser utilizados durante el viaje por necesidades médicas o dietas especiales, incluyendo comida infantil.
La medicinas y alimentación especial también se presentarán por separado en el control de seguridad.
- Líquidos y geles (bebidas, perfumes, cosmética) comprados en el mismo día en los establecimientos comerciales (tiendas y/o bares, cafeterías) que se encuentran una vez pasados los controles de seguridad de cualquier aeropuerto comunitario o de otro país autorizado, o compañía aérea comunitaria, empaquetados convenientemente, y sin abrir hasta su destino final.
El personal de los establecimientos comerciales y de la tripulación ofrecerá al pasajero toda la información necesaria sobre el transporte de líquidos y geles adquiridos.
Se consideran líquidos: el gel, las pastas, las lociones y los contenidos de contenedores presurizados.
Ejemplos: pastas de dientes, gomina, bebidas, sopas, perfumes, espuma de afeitar, aerosoles, desodorante líquido, desodorante en spray, pintalabios líquidos, cremas y otros artículos de consistencia similar.
Con respecto a cuchillas: Quedan prohibidas ya que se pueden utilizar como arma cortante.
Espero te sea útil.
Un saludo.
PD: Si se factura no hay problema para llevar estas cosas.
Curiosidad - Llentelman - 28-08-2011
Macho, novato11, con la normativa en la mano, como debe ser. Qué pofesional. Thanks.
Curiosidad - Bourne - 28-08-2011
Facturado- si no me lo tiran
hasta los jabones sólidos si son de mas de 100 g pues te lo tiran
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